La Corte Suprema de Justicia de Tucumán y la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA) encabezaron una jornada de debate pionera en el país sobre "Libertad de prensa: doctrina, jurisprudencia y nuevos desafíos en su protección".
Los disertantes fueron la jueza Claudia Sbdar -vocal de la CSJT-; Gregorio Badeni -abogado constitucionalista-; Ricardo Li Rosi -juez de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil- y Daniel Dessein –presidente de ADEPA.
Dessein señaló que la libertad de expresión "es una libertad estratégica y central sobre la que se apoyan el resto de las libertades". Tambiéndestacó que para que esto ocurra debe existir la posibilidad de que el periodismo ejerza su rol fiscalizador. "La lucha por la libertad de expresión nunca tiene fin", expresó.
Sbdar centró su exposición en la función jurisdiccional y la libertad de prensa dentro de un orden democrático. Para definir a la libertad de expresión, parafraseó a Albert Camus: "Una prensa puede ser buena o mala. Pero sin libertad, la prensa no será otra cosa que mala".
Badeni en su exposición recordó a Raymond Aron, quien en los años 50 decía que, para conocer en profundidad el sistema político de un país, había que analizar cómo funcionaba la libertad de prensa. "A mayor libertad de prensa -enfatizó-, mayor es la democratización del sistema", concluyó.
Luego de las preguntas del público, se leyeron las conclusiones de las jornadas.
– La libertad de prensa no supone un privilegio de un sector, sino que se trata de una herramienta para proteger al resto de las libertades y derechos, y de la democracia. La lucha y la defensa de la libertad de prensa nunca tiene fin porque siempre está en riesgo.
– Los niveles de calidad democrática tienen una relación directamente proporcional con el nivel de la libertad de prensa imperante en una nación.
– La libertad de prensa es un valor y un contenido estratégico porque está vinculado con la soberanía del pueblo, donde se enlazan otros derechos y libertades.
– El lugar eminente de la libertad de prensa no significa una impunidad absoluta en aquellos casos en los que se la utiliza para cometer un delito con culpa o un acto ilícito de naturaleza civil.
– La función jurisdiccional del Estado constitucional de Derecho enfrenta el conflicto entre la libertad de prensa y los derechos personalísimos. En esta disputa de difícil solución justamente hay que apelar a los valores de la Constitución, que es la conciencia jurídica popular.
– Lo típico de esta materia es el choque de los derechos a la información y a la intimidad. Todos tenemos intimidad, pero no en el mismo grado. La evaluación desafía a los jueces en un terreno de sutilezas jurídicas donde el pensamiento jurídico que analiza el conflicto debe ser igualmente sutil.
– La libertad de prensa y la independencia de la Justicia son dos caras de la misma moneda. La supervivencia de la república requiere, más que un préstamo monetario internacional, la independencia de sus jueces.
– Difícilmente pueda ser garantizada la expresión del pensamiento sin cortapisas si no hay independencia judicial.
– Enfrentamos el desafío de la información falsa, que induce al error y al engaño.Ello supone periodistas que dolosamente engañan a la gente. Hacen daño el periodismo, pero más daño se produce cuando la sociedad advierte que ha sido engañada.
– La única manera de tener una prensa seria, racional y sensata es por medio del control social. Es la sociedad la que debe controlar a los medios más que los jueces. Especialmente, de los excesos en los que incurren los medios electrónicos de comunicación masiva. ¿Cómo? A partir de la educación.