El rechazo judicial al pedido de la empresa Telecom para suspender la vigencia del DNU que declaró servicios públicos esenciales a la telefonía, Internet y TV por cable, fue leído dentro del oficialismo como una “validación” a la decisión gubernamental de "asegurar el derecho a la conectividad de los argentinos". En ese sentido se expresaron la secretaria de Innovación Pública, Micaela Sánchez Malcolm, el vicepresidente del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), Gustavo López, y el diputado del Frente de Todos por Córdoba, Pablo Carro.
La empresa del Grupo Clarín se había presentado ante la Justicia para objetar la constitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia 690 firmado por el presidente Alberto Fernández. En esa norma se estableció que los servicios de tecnología, información y comunicación (TICs) son “públicos y esenciales en competencia”, imponiendo la obligación de una prestación básica universal y congelando las tarifas durante 2020.
El fallo del juez Lara Correa Esta mañana, el juez en lo contencioso administrativo Walter Lara Correa desestimó el pedido de una medida cautelar por parte de Telecom, al señalar, entre otros puntos, que el mencionado decreto fue refrendado por el Senado de la Nación y que, por otra parte, la demandante no había podido demostrar cómo esas políticas "afectarían el estado de sus finanzas”. Al momento de analizar el fallo, Sánchez Malcolm estimó que se trata de “una validación a la decisión de preservar el acceso de la ciudadanía por parte del Ejecutivo".
"El fallo retoma la relevancia del decreto 690, firmado en el marco de la pandemia con todo lo que supone, retoma la convalidación que hizo la bicameral y el Senado, y destaca el posicionamiento de la ONU sobre el acceso a Internet como un derecho básico y esencial para la ciudadanía", explicó la funcionaria. Por su parte, López dijo entender que con esta resolución se le da cierre "a seis meses de discusión sobre la validez del decreto". "Tanto Telecom, como Telefónica, Telecentro y Directv, habían judicializado la medida y ya se les habían rechazado otros amparos.
Pero, en este caso, el juez había habilitado la feria y lo hizo en un momento en el que las empresas habían aumentado. La expectativa era central. Lo que hace esto es cerrar un ciclo, diciéndoles que el decreto y las resoluciones están vigentes y hay que cumplir", explicó el funcionario del Enacom.
Las tarifas. Respecto de las tarifas que habían sido congeladas durante el 2020, el Ente regulador inició en enero una actualización que en el caso de las grandes empresas alcanzaba el 5%. Ese tope fue ignorado por algunas prestadoras que emitieron facturas con hasta un 20% de incremento. Para Sánchez Malcolm, si el juez "llegaba a habilitarle un porcentaje mayor, ponía en tela de juicio cuál iba a ser la resolución sobre la devolución de ese 15%" pero, luego del rechazo, "el aumento establecido tiene fuerza de ley y está reglamentado, es del 5%”. Para Carro, la decisión de la empresas de ignorar los aumentos fijados fueron también un punto débil en su estrategia. "Las decisiones administrativas del Estado se tienen que cumplir. Podes cuestionarlas judicialmente, pero las tenés que cumplir", comentó.
El legislador estimó que en el fondo se juega la recuperación de puntos centrales de la Argentina Digital, que nunca habían sido cuestionados judicialmente, pero que habían sido derogados, también por decreto, durante la presidencia de Mauricio Macri. "Es necesario en esta etapa que las comunicaciones -en su sentido amplio- tengan precios accesibles para las grandes mayorías. Pronto vamos a tener que comenzar las clases, hay demoras en la provisión de vacunas y, por lo tanto, vamos a tener que comenzar un modo mixto. La conectividad va a ser muy importante", subrayó Carro en referencia a la Prestación Básica Universal. télam