La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el recurso extraordinario interpuesto por el municipio entrerriano de Pueblo Belgrano y la empresa constructora del barrio náutico "Amarras", donde las obras que se hicieron generaron "la crecida del río e inundaciones", informaron fuentes judiciales. Al considerar "inadmisibles" los recursos extraordinarios, se deberá desmantelar el barrio náutico en 180 días y recomponer las condiciones del ambiente.
En julio de 2019, la CSJN dejó sin efecto una sentencia provincial, que había rechazado la acción de amparo de cese de obras y permitía continuar los trabajos, y le ordenó hacer lugar a lo peticionado. Por eso, en octubre de ese año, el Superior Tribunal de Justicia entrerriano (Stjer) ordenó la "demolición y desmantelamiento y recomposición del ambiente, volviendo las cosas a su estado anterior" del barrio, tras detectar "la alteración negativa del medio ambiente".
Desde 2015 se realizaron charlas, marchas, y presentaciones del documental "Urbanización sobre Humedales. Río Gualeguaychú", con testimonios de lugareños, abogados, ambientalistas, especialistas profesionales que realizaron estudios en la zona. El abogado y exsenador provincial Julio Majul, uno de los letrados que presentaron la acción de amparo ambiental en 2015, rechazó en su momento esa decisión de la Justicia entrerriana. "Da mucha bronca que sigan dando ayuda a la empresa destructora del Parque Unzué, el humedal y del río Gualeguaychú, fallando por tercera a favor de los poderosos ricos y contra la gente", apuntó en su cuenta de Facebook. En tanto, la Municipalidad de Gualeguaychú había pedido la "paralización y demolición" del barrio, ya que "las obras de elevación de la tierra habían provocado la crecida del río y la evacuación de más de 150 personas" en varias ocasiones.