La Sala I de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional declaró “inadmisible” el recurso que la defensa de José Alperovich había presentado para llevar el reclamo contra su prisión preventiva a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La decisión se tomó en línea con lo planteado por la Fiscalía General ante los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional N° 27, interinamente a cargo de Sandro Abraldes.
En julio, la Sala de Feria de la Cámara Nacional de Casación había rechazado el recurso donde el exgobernador había cuestionado la decisión de detenerlo de manera preventiva, tras la condena a 16 años de prisión por abuso sexual agravado. Cabe resaltar que el 18 de junio pasado, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº29, integrado unipersonalmente por el juez Juan María Ramos Padilla, había condenado a Alperovich por considerarlo responsable de tres hechos de "abuso sexual simple" y seis hechos de "abuso sexual agravado por haber sido cometidos con acceso carnal", cometidos entre 2017 y 2018.
Esa misma noche, el magistrado a cargo del juicio oral había ordenado la inmediata detención y la prisión preventiva del exfuncionario. La Sala de Feria confirmó esa decisión. "No caben dudas de que Alperovich cuenta con sobrados medios para eludir el resultado del proceso, lo que torna las derivaciones del juez de mérito respecto del riesgo de fuga por demás razonables", se resaltó.
Los motivos del rechazo
Ante esto, la defensa presentó un nuevo recurso con el objetivo de llegar a la Corte Suprema de Justicia. En su dictamen, el fiscal Abraldes consideró que el planteo debía ser declarado inadmisible y que el pronunciamiento de la Sala de Feria fue “claro y debidamente fundamentado”, al responder cada uno de los cuestionamientos realizados y dio cuenta de la existencia del riesgo de fuga que implicaría la libertad del imputado.
Destacó, además, que dentro de la resolución se evaluaron los motivos por los cuales “el encarcelamiento cautelar” de Alperovich resulta “razonable y proporcional”. Por último, consideró que la defensa invocó la presunta afectación de garantías constitucionales, sin refutar los argumentos brindados en el fallo cuestionado. En línea con la postura del MPF, el juez Daniel Morin -cuyos argumentos fueron compartidos por sus colegas Mauro Divito y Jorge Luis Rimondi- consideró que el planteo de Alperovich se efectuó “sin demostrar la arbitrariedad de la resolución que se impugna ni la vulneración de las garantías constitucionales que invoca”.
“Se pretende someter a revisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación los sólidos argumentos empleados por el tribunal de origen, y validados por esta Cámara con ulteriores fundamentos, para denegar la excarcelación al imputado y desechar la posibilidad de neutralizar los riesgos procesales involucrados con medidas alternativas a la prisión, sin introducir ningún supuesto de procedencia del recurso extraordinario”, sostuvo el camarista. En base a ello, se declaró inadmisible el recurso extraordinario.
MPF