Una hija extramatrimonial del fallecido Franco Macri les reclama a sus hermanos (entre ellos el ex presidente, Mauricio) casi un millón de dólares como herencia por una sociedad constituida -según sostiene-, al sólo efecto de retacearle bienes que le corresponden por derecho sucesorio.
Según el expediente judicial 69777/2023, a Alejandra Macri –fruto de una relación entre Franco y una empleada de una de sus empresas- le corresponden 985.910,40 dólares que su padre destinó en vida en favor de sus hermanos Mauricio, Gianfranco, Mariano y Florencia. También había incluido a otra hermana, Sandra, pero revirtió esa donación cuando la mujer murió, en 2014. Sandra estaba casada con el parapsicólogo y enfermero Néstor Daniel Leonardo, a quien Franco detestaba. Leonardo murió en 2017; el abogado de ambos, Luis Conde, murió en 2022 en un accidente con su automóvil.
La acción judicial deja entrever que fue tratada como una suerte de calidad inferior de hija a los efectos hereditarios. “Francisco Macri decidió constituir una sociedad anónima, inicialmente con dos únicos socios (él y su hijo Gianfranco), incorporando un año después como socios, a la totalidad de sus hijos, menos a una de sus hijas extramatrimoniales, a la cual diferenció de la otra hija extramatrimonial (Florencia Macri), tan sólo porque esta última era fruto de una convivencia ostensible después de divorciado, circunstancias que no existieron en el caso de Alejandra Macri, que nació de una vinculación extramarital mientras estaba vigente su matrimonio con Alicia Beatriz Blanco Villegas, habiendo nacido entre los nacimientos de Mauricio y Gianfranco”.
El 1 de octubre de 2001 Franco Macri constituyó la firma “E. COSTA S. A.”, junto con su hijo Gianfranco, con el capital mínimo exigido por entonces por la Inspección General de Justicia. Dos semanas después amplió el capital accionario e incorporó a sus otros hijos excepto a Alejandra, sobre cuya existencia ya sabía pues se había iniciado el proceso judicial para el reconocimiento de la paternidad. “La constitución de E. Costa S. A. se celebró entre el causante y uno solo de sus hijos, tan sólo siete meses después de haber participado de la mediación previa, de su cierre sin acuerdo y la iniciación del juicio de filiación”.
Franco Macri, explica la documentación, transfirió bienes de su patrimonio personal a esa sociedad: “El inmueble de la Ciudad de Buenos Aires – que fuera su vivienda hasta el día de su muerte- (…) y los inmuebles del Complejo Terrazas de Manantiales, en el Departamento de Maldonado, en la República Oriental del Uruguay”. La propiedad de la Capital Federal vale 8,9 millones de dólares; las de Uruguay, casi 1,2 millones, según la estimación del reclamo.
A la muerte de Franco Macri, esas propiedades no eran en los papeles parte de su patrimonio sino de E. Costa S.A., cuyos titulares eran todos sus hijos menos Sandra, que había fallecido, y Alejandra, que había sido excluida. ¿Cómo se enteró Alejandra de la existencia de esa sociedad? Por el juicio sucesorio de Franco. Cuando murió Sandra, su papá revirtió la donación que le había hecho y volvió a ser dueño de ese 20 por ciento. Mauricio, Gianfranco, Mariano y Florencia declararon ese porcentaje como parte de los bienes a repartir y la maniobra salió a la luz.
“En el derecho sucesorio argentino, los herederos no pueden ser privados de su porción legítima, ni por donación ni por testamento”, advirtió Alejandra Macri en su reclamo. Entonces planteó una “acción de colación” para obtener “la paridad económica de las porciones del haber relicto de todos los coherederos”.
El Sistema Argentino de Información Jurídica (SAIJ), un organismo oficial que depende del Ministerio de Justicia, explica que “la colación es la obligación que tiene todo heredero forzoso de traer a la masa hereditaria el valor de los bienes que en vida le donara el causante de la sucesión a la que concurre con otro u otros herederos también legitimarios. La finalidad que busca es mantener la igualdad entre los herederos forzosos”.
A todo esto, ¿cuál es la actividad de E. Costa S.A.? Ninguna. Según el reclamo judicial, “la sociedad fue creada para traspasar el dominio del inmueble, representar su valor en acciones y luego distribuir la nuda propiedad de las mismas a casi todos sus hijos, ya que Alejandra Macri, quedó fuera de esas donaciones”. “Esto es así de claro”, especifica la documentación, a la que tuvo acceso Tiempo.
“La sociedad no reconoce una actividad comercial, carece de cuenta corriente en plaza argentina y en plaza uruguaya, y no tiene empleados, lleva legalmente su libro de registro de acciones, y de asamblea y directorio”. “La totalidad de las acciones de E. Costa S.A. fueron de titularidad de Francisco Macri, con la participación de Gianfranco Macri sólo y exclusivamente porque se requería un mínimo de dos socios para la constitución societaria”, sostiene el reclamo.
Para Alejandra Macri, no hay dudas: “La finalidad de la constitución de una sociedad anónima bajo estas características, con la ampliación de su capital tan solo quince días después, fue para dejar a una de sus hijas extramatrimoniales fuera de su sucesión”.
Tiempo Argentino